Para la cancelación de impuesto predial, valorización, vehículos, registro, gastos notariales y demás cargas o sanciones impositivas. El cupo será hasta cinco (5) s.m.m.l.v., sin superar cinco (5) veces los aportes sociales registrados, incluidos los saldos de los créditos vigentes. Pago de plazo hasta 24 meses.